jueves, 6 de octubre de 2011

NACIONALIDAD Y CIUDADANIA

NACIONALIDAD.
Elementos fundamentales de la organización política del Estado, está el estatuto de las personas, el cual se refiere, por una parte a los nacionales, quienes además pueden ser ciudadanos al el ejercicio de los derechos políticos, y por la otra, a los extranjeros; clasificación que deriva de la existencia o no del vínculo jurídico esencial que tienen las personas con el Estado y que es el que origina la nacionalidad.
Nacionalidad es un concepto polisémico  de gran importancia en las ciencias sociales. el derecho privado, derecho constitucional y las relaciones internacionales que se puede referir a:

  • Nacionalidad jurídica, administrativa o de pasaporte: la pertenencia de una persona a un ordenamiento jurídico concreto. Este vínculo de un individuo con un Estado genea derechos y deberes recíprocos; y para el constitucionalismo contemporáneo implirca el concepto de soberanía nacional.
Según la legislación de cada país, las variantes pueden resumirse en tres principios jurídicos expresados en latín:

  •  Ius sanguinis: derecho de sangre, la nacionalidad se adquiere como consecuencia de haber nacido de unos determinados progenitores (poniendo como requisito la nacionalidad de la madre, del padre o de ambos). Toma como base los nexos familiares de raza y tradición. La nacionalidad es la de los padres, aunque el hijo haya nacido en el extranjero.
  • Ius soli: derecho de suelo, la nacionalidad adquiere por el lugar de nacimiento, independientemente de la nacionalidad de los padres.
  • lus domicili: derecho de domicilio, la nacionalidad se adquiere por un lugar de domicilio, vecindad o residencia legal, poniendo como requisitos determinados plazos o criterios de arraigo (propiedad, trabajo, etc.)

La nacionalidad es concedida por el Estado, principalmente por el hecho de nacer en su territorio.
La nacionalidad puede perderse en algunos casos, puede compartirse una doble nacionalidad, y puede adquirirse una nueva nacionalidad cumpliendo determinados requisitos.




CUIDADANIA

La noción de ciudadanía tiene tres grandes usos: permite referirse a la cualidad y derecho de ciudadano, al conjunto de los ciudadanos de una nación y al comportamiento propio de un buen ciudadano.

Un ciudadano es un habitante que es sujeto de derechos políticos. Estos derechos le permiten intervenir en el gobierno de su país a través del voto. La ciudadanía también implica ciertas obligaciones y deberes (como el respeto por los derechos del prójimo).

La acción ciudadana debe ser responsable, pacífica y autorregulada. Su principal objetivo es mejorar el bienestar público. Las acciones que sólo buscan el beneficio individual, en cambio, no están vinculadas a la ciudadanía.

La ciudadanía plena de todos los ciudadanos es imprescindible para el buen funcionamiento de una democracia. Si algunos ciudadanos no pueden votar (por cuestiones de religión, etnia, sexo, etc.), la democracia falla y los postulados de la ciudadanía no se cumplen.
Esto nos permite recordar que, a lo largo de la historia, la noción de ciudadanía fue mutando. En la antigua Grecia, por ejemplo, los únicos ciudadanos eran los varones con capacidad para adquirir armas y defender la ciudad. Las mujeres, los esclavos y los extranjeros no eran considerados como ciudadanos.

Las democracias actuales, en cambio, suelen considerar ciudadanos plenos a todos los hombres y mujeres mayores de una cierta edad (por lo general, los 18 años).

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